Páginas amigas

miércoles, 10 de octubre de 2012

Aborto no punible: Macri y la Justicia desconocen la ley

de Paula Inchaurraga, el El Martes, 9 de octubre de 2012 a la(s) 19:49 ·
Frenaron el aborto no punible que estaba previsto a realizarse hoy en el hospital Ramos Mejía. Había sido anunciado el jueves pasado por el jefe de Gobierno, Mauricio Macri y fue suspendido debido a un recurso de amparo presentado por la ONG Pro Vida. La mujer a quien se lo iban a practicar tiene 32 años y fue violada cuando era víctima de una red de trata de personas. La Justicia infrigió nuevamente el Código Penal y los Derechos de las Mujeres


Pedro Andereguen, abogado de la entidad Pro Vida, señaló que se interpuso una medida judicial para proteger al niño por nacer y que la práctica no se realizará hasta que se resuelva el proceso judicial.

Esto implica, que sí la justicia no actúa aceleradamente, el aborto nunca se podrá garantizar.

Es importante recordar, que el jefe de Gobierno confirmó su veto al protocolo de atención de abortos no punibles aprobado por la Legislatura, por considerar que "excede lo establecido por la Corte". Pero la realidad, que aún eso no se ha publicado en el Boletín oficial. O sea, este aborto se debía realizar igual, por la ausencia del veto o dentro de lo que fija el protocolo vigente, firmado por el ex ministro de Salud Jorge Lemus.

Por su parte, Pablo Vicente, representante de la mujer a quien se debía practicar un aborto no punible, realizó una presentación ante el juzgado que impidió la realización de la práctica, para que se concrete la operación "pero la jueza sigue dilatando el derecho de la víctima", dijo.

La Defensoría del Pueblo considera que se violó el secreto profesional.

El abogado anticipó que iniciarán acciones judiciales contra las autoridades del hospital Ramos Mejía donde debía realizarse la interrupción de la gestación. Es importante recordar, que cuando Macri anunció que iba a vetar la ley (cosa que aún no hizo), llamativamente dió todos los datos a la prensa de donde se iba a realizar el aborto. De esta manera, no preserva a la víctima, da la información para que la ONG sepa a donde dirigirse, y se produce un escandalo mediático en las puertas del Hospital Público.


Denuncias
Por su parte, legisladoras y comuneras de partidos de la oposición al Gobierno porteño presentarán este miércoles una serie de denuncias contra el jefe de Gobierno Mauricio Macri, por la suspensión del primer aborto no punible.

"Macri violó los deberes de funcionario público por lo que la presentación judicial, que se realizará mañana a las 10 ante la Cámara del Crimen porteña, se basará en el incumplimiento de la ley básica de salud, la de protección de datos personales y la ley nacional contra la violencia contra las mujeres", confirmó a Télam la abogada Emelina Alonso.

La profesional es dirigente del movimiento de Mujeres de Nuevo Encuentro (NE) y anticipó que ya sumaron sus firmas a la presentación judicial la legisladora de ese partido Gabriela Cerruti, Gabriela Alegre (FpV), y las comuneras Julieta Costa Díaz (Partido Socialista Auténtico) y María Suárez de NE.

"Durante el día vamos a seguir sumando firmas para que todo el arco opositor se sume a las denuncias", agregó Alonso.

También aseguró que "como Macri está en España con Rajoy -presidente de ese país- no vetó aún la ley de aborto no punible; el veto no está publicado en el Boletín Oficial aún".

La Justicia se viola a sí misma
El aborto en Argentina, esta legislado en el Código Penal argentino, y se establecen dos causas de excepción:

* Si se ha hecho con el fin de evitar un peligro para la vida o la salud de la madre y si este peligro no puede ser evitado por otros medios (CPA Art. 86 inc 1° - "aborto terapéutico").

** Si el embarazo proviene de una violación o de un atentado al pudor cometido sobre una mujer idiota o demente. En este caso, el consentimiento de su representante legal deberá ser requerido para el aborto. (CPA Art. 86 inc 2° - "aborto eugenésico").4

O sea, la Justicia esta desconociendo el articulo 86 inc2 del Código Penal Argentino.
Y ademas, es importante recordar que, en marzo de 2012 la Corte Suprema de Justicia de la Nación a través de un fallo sobre un caso particular puso fin a la ambigüedad a la que se había prestado el inciso 2º del artículo 86 del Código Penal.

Algunas instancias judiciales habían entendido que para tener derecho al aborto en caso de violación, la víctima debía tener alguna discapacidad mental. El mencionadlo fallo deja en claro que el aborto es un derecho para toda víctima de violación que presente ante el personal sanitario una declaración jurada constatando tal situación. Estas decisiones se toman en línea con la posición de la organización Mundial de la Salud, el Comité de Derechos Humanos y del Comité de los Derechos del Niño, ambos de Naciones Unidas.23


La doble victima
Ella, tras ser secuestrada por una red de trata, violada, ultrajada y todo lo peor que una persona pueda vivir, queda embaraza en condiciones que ella no eligió. La ley la ampara para que el Estado intervenga. Pero las manos negras de la justicia dan lugar a un amparo cargado de injusticia. Ella, la doble víctima, sigue esperando para ejercer sus derechos.

Por lo tanto, el Jefe porteño desconoció la ley aprobada, pero aún no la vetó. Entonces, nos debemos preguntar hasta donde se respetan las leyes y el poder legislativo. Hasta donde se respetan los derechos de las victimas. Y hasta cuando las mujeres seguirán muriendo por abortos clandestinos.
Paula Inchaurraga (Periodista)

No hay comentarios:

Publicar un comentario