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miércoles, 5 de septiembre de 2012

La sentencia de la Corte en el caso de aborto no punible y los datos que el periodismo debe conocer para informar adecuadamente.


A partir de la sentencia de la Corte Suprema de marzo de 2012 (en el caso "F.A.L. s/ medida autosatisfactiva") quedó en el centro del debate el problema de la accesibilidad al aborto no punible: es decir, el aborto que no es delito de acuerdo con el Código Penal.
Sin embargo, aún con la decisión de la Corte la situación cotidiana de las mujeres no cambió sino que, por el contrario, se agregaron nuevos problemas como consecuencia del desconocimiento del alcance e importancia de esta sentencia. La información que en ese sentido aportan u ocultan los medios es de vital importancia para el ejercicio pleno de todos los derechos ya que los medios de comunicación se hacen eco del debate dando cobertura a los casos en que se niega la interrupción del embarazo a niñas y mujeres que están incluidas en los supuestos de aborto no punible.
La cobertura informada de este tema es fundamental para contribuir a mejorar la calidad de la democracia. Se trata de analizar los eventos a partir derechos establecidos y responsabilidades, más allá de las creencias e ideologías personales de quienes difunden las noticias.
Te invitamos a compartir una reunión informal, con Natalia Gherardi (abogada, Directora Ejecutiva de ELA – Equipo Latinoamericano de Justicia y Género) y con la moderación de Liliana Hendel (periodista y psicóloga) el día miércoles 5 de septiembre, de 18 a 20 hs para compartir ideas sobre este tema.

A partir de la sentencia de la Corte Suprema vamos a responder a estas preguntas, más las que Uds. aporten, para entender los caminos jurídicos que se abren:

• ¿Por qué la Corte sostuvo que su interpretación del Código Penal es compatible con la Constitución Nacional y con los tratados internacionales de Derechos Humanos?
• ¿Por qué NO se requiere intervención de la Justicia?
• ¿Qué función cumplen los Poderes Ejecutivos y los Ministerios de Salud?,
• ¿Se expone la Nación a una sanción internacional si no cumple con la sentencia en los términos indicados por la Corte? ¿Por qué?¿Hay antecedentes?
• ¿Por qué como periodistas debemos conocer estas respuestas?
• ¿Cuál debería ser el tratamiento periodístico adecuado?
• ¿Cuáles son las fuentes correctas y cuáles son las diferencias entre unas y otras?

Confiamos en que estos temas merezcan tu interés, por eso te invitamos a esta reunión informal. Las mujeres no somos un grupo vulnerable, nos vulnera no acceder a nuestros derechos. Si no podes venir por el día/ horario pero te interesa el tema, no dudes en hacernos llegar tu pregunta por mail.
Por favor confirmen su participación a Paula Rey a la siguiente dirección de email: prey@ela.org.ar

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