SOCIEDAD › PATSILI TOLEDO, LA MAYOR EXPERTA EN FEMICIDIO DE AMERICA LATINA
“La violencia contra las mujeres logró instalarse en la agenda política”
La
abogada chilena Patsili Toledo analiza qué sucedió en los países de
América latina donde ya fue sancionada una ley que introduce la figura
del “femicidio” en el Código Penal.
Por Mariana Carbajal
Casi
diariamente una mujer es asesinada en el país por el hecho de ser
mujer. Los casos vienen aumentando año a año, de acuerdo con el
Observatorio de Femicidios en Argentina, de La Casa del Encuentro. La
expresión más extrema de la violencia machista parece no tener freno y
adquiere caras cada vez más espeluznantes: también se han incrementado
los casos de mujeres incineradas por sus parejas a partir de la muerte
de Wanda Taddei a manos de su esposo y ex baterista de Callejeros,
Eduardo Vásquez. El drama del femicidio atraviesa Latinoamérica. Como
respuesta, frente a tanto horror, organizaciones de mujeres vienen
impulsando la sanción de leyes que tipifiquen el femicidio como delito
autónomo. Siete países del continente ya aprobaron normas, con distintas
fórmulas. ¿Qué impacto están teniendo? En momentos en que la Cámara de
Diputados está próxima a discutir un proyecto sobre el tema, Página/12
entrevistó a una de las mayores expertas latinoamericanas, la abogada
chilena Patsili Toledo. Investigadora del Grupo Antígona de la
Universidad Autónoma de Barcelona, ciudad donde actualmente reside,
Toledo está terminando su tesis doctoral sobre leyes de femicidio en
Latinoamérica. En diálogo con este diario analizó el alcance de este
tipo de reformas y los resultados que se han observado en los diferentes
contextos regionales, particularmente en Costa Rica, donde se registró
un pronunciado descenso de los crímenes de mujeres por ser mujeres en el
primer año de la aprobación de la ley.
–¿Qué países han tipificado la figura del femicidio y con qué fórmulas?
–Son
siete los países que incorporaron ya la figura del femicidio en sus
ordenamientos legales: Costa Rica fue el primero en 2007, luego
Guatemala y Colombia en 2008, y posteriormente El Salvador, Chile, Perú,
Nicaragua y varios estados en México. Pero la definición del tipo penal
varía de un país a otro. En algunos países se limita al homicidio
cometido en el marco de una relación de pareja, como en Costa Rica y
Chile. En cambio, en Guatemala y El Salvador, el alcance es más amplio y
abarca a los asesinatos ya sean ejecutados por conocidos o desconocidos
de la víctima. Por ejemplo, en Guatemala se define femicidio como
“muerte violenta de una mujer ocasionada en el contexto de las
relaciones desiguales de poder entre hombres y mujeres, en ejercicio del
poder de género en contra de las mujeres”. En 2011 empezó la vigencia
de la ley de El Salvador, que había sido aprobada un año atrás. En
México, el panorama pre-electoral dio el puntapié inicial para una
verdadera ola de tipificaciones: hasta ahora, son once entidades
federativas que lo han aprobado (Guerrero, en 2010, y en 2011 Estado de
México, Guanajuato, Tamaulipas, Distrito Federal, Morelos, Veracruz,
Colima, San Luis Potosí, Chiapas, Durango). En el caso de México, son
todos tipos penales amplios, o sea, incluyen tanto cuando el agresor es
conocido o desconocido de la víctima. En Perú aprobaron también el tipo
penal a finales de 2011, restringido sólo al ámbito de la pareja (más o
menos como en Chile) y en Nicaragua aprobaron la ley ahora, en 2012.
Mientras tanto, hay procesos de discusión muy avanzados en Honduras y en
República Dominicana, y también ha habido mucho debate en Bolivia.
–¿Qué análisis puede hacer de estas leyes?
–Hay
experiencias tan variadas como las tipificaciones. Y luego están los
problemas de aplicación. En México hay algunos tipos penales que creo
están hechos para que después las autoridades salgan diciendo: “En este
estado hay muy pocos femicidios, la mayoría son sólo homicidios de
mujeres”, porque ponen elementos muy difíciles de acreditar. Pero hay
que tener en cuenta que México y Guatemala, dos países emblemáticos en
relación con la violencia de género y el femicidio, tienen una tasa de
impunidad muy alta en general en el sistema de Justicia, en relación a
todos los delitos. El sistema judicial es muy ineficiente. Por eso es
muy difícil en esos casos hacer comparaciones. En Guatemala además, se
crearon tribunales especiales para casos de femicidios y violencia
contra las mujeres, pero por ahora son tres y ni siquiera están en los
lugares más poblados. De todas formas, la ley se aplica, pero como el
tipo penal era muy amplio tuvieron que establecer un protocolo. El mayor
problema, sin embargo, es que muchos jueces lo desconocen, según fue
documentado por el procurador de Derechos Humanos de Guatemala. También
hay que señalar que los femicidios en México y Guatemala están
relacionados con violencia en la pareja, pero muchos también con el
crimen organizado y pandillas criminales como las maras, que son
fenómenos distintos que los que pueden observarse en Argentina y Chile.
En Chile el problema que señalan organizaciones de mujeres es que es un
tipo penal muy restringido, por el cual quedan excluidos los novios y
los que no son convivientes, y no es mayor la pena en relación con otros
homicidios agravados por la relación de parentesco. Colombia tiene un
homicidio agravado, cuando es el homicidio de una mujer “por el hecho de
ser mujer”. El problema de ese tipo penal es que prácticamente no ha
tenido ninguna aplicación. Se aprobó en el 2008 y hasta el año 2010
había sólo una sentencia, porque en la mayor parte de los casos de
femicidios íntimos se aplica la figura de homicidio agravado por
parentesco, que tiene la misma pena, y es más fácil de acreditar.
–¿Qué
impacto han tenido estas reformas? ¿Sirven para prevenir las muertes de
mujeres por el hecho de ser mujeres? ¿Para qué sirven?
–El
caso más interesante para ver si pueden servir o no es el de Costa
Rica. Lo que no se puede determinar si ha sido el efecto de la ley o de
la discusión que derivó en su sanción. Allí se trató de una ley que no
se limitó al femicidio sino que penalizó la violencia de género. El
mensaje que se transmitió fue contundente: la violencia de género es un
delito. El año que se aprobó la ley, en 2007, los femicidios bajaron
notablemente. En promedio, en Costa Rica hay 35 femicidios por año. Es
un país pequeño. 2007 fue el único que tuvo sólo 17. El mensaje de
tolerancia cero a la violencia de género fue muy grande. No hay otra
explicación para esa reducción tan significativa, y dicen las
organizaciones de mujeres que ese efecto se perdió y no perduró porque
se empezaron a objetar algunos artículos de la ley, y fueron declarados
inconstitucionales. Con lo cual, el mensaje que se dio entonces fue que
la ley estaba cuestionada.
–¿Qué artículos se objetaron?
–Fueron
justo aquellos por los cuales las mujeres empezaron a llegar en mayor
medida a la justicia: los que se referían al maltrato y a la violencia
emocional. El año pasado ambos artículos fueron repuestos. ¿La reducción
de los femicidios se debió al efecto de la ley o a la implementación de
una respuesta fuerte del Estado? En Chile, en cambio, el tipo penal es
tan restringido que ni siquiera tuvo un efecto simbólico.
–¿Ya hay condenas por femicidio?
–Sí, hay muchas condenas en Costa Rica, en Guatemala, en Chile e incluso en México.
–¿Qué aspectos rescata de estas leyes?
–La
discusión de estas reformas muestra cómo la violencia contra las
mujeres ha logrado instalarse en la agenda política, mediática y
legislativa, y eso habla de la fuerza del movimiento de mujeres a nivel
global. También se ha entendido a las leyes como necesarias para generar
transformaciones en el sistema social. Al mismo tiempo, en términos
legales y jurídicos ya no se discute la legitimidad de dictar leyes
especiales para proteger a las mujeres y agravar la pena para quienes
las matan por ser mujeres. Antes se hablaba de violencia intrafamiliar, y
no de violencia hacia las mujeres. Pero la ley sola no va a transformar
la realidad. No se producen cambios con su sola aprobación. El caso de
Costa Rica es muy ilustrativo de que las leyes pueden tener ese efecto.
Pero no depende sólo de la ley, también de la discusión y de las medidas
efectivas que se implementen para proteger a las mujeres. En Costa Rica
eso está funcionando bastante bien.
–Lo
importante es llegar antes de que se produzca el femicidio para
proteger a las mujeres. ¿Qué otras medidas considera que son necesarias
en ese sentido?
–Hay
que estudiar el escenario particular de la Argentina, para determinar
dónde está fallando el Estado para proteger a las mujeres que resultan
asesinadas por ser mujeres. Muchas de ellas llegan a hacer denuncias de
violencia. Pero también hay que analizar por qué no llegan a denunciar
las que no lo hicieron, y qué otros canales hay que abrir para poder
protegerlas. No deberían tener que llegar exclusivamente al sistema
penal para pedir protección porque muchas veces las denuncias, iniciar
un juicio, las pone más en riesgo. No se puede reducir la protección a
lo que se les puede dar por la vía penal.
FUENTE:http://www.pagina12.com.ar/diario/sociedad/subnotas/3-58631-2012-04-15.html
No hay comentarios:
Publicar un comentario