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martes, 3 de julio de 2012

COMUNICADO RESPECTO DE LA SITUACIÓN PLANTEADA EN LA CORTE SUPREMA DE LA PROVINCIA DE SALTA.

C.A.B.A., 3 de Julio de 2012 La Comisión Nacional Coordinadora de Acciones para la Elaboración de Sanciones de Violencia de Género (CONSAVIG) hace conocer su preocupación acerca de la reciente decisión tomada por la Corte Suprema de la Provincia de Salta de no aceptar la designación de una asesora propuesta por la Jueza Graciela Kauffman. La Dra. Kauffman, en pleno ejercicio de sus facultades como jueza de la Corte de Justicia de Salta, nombró como secretaria letrada personal a una funcionaria del Poder Judicial de la Provincia, activamente comprometida con los derechos de las mujeres. En una reacción injustificada el resto de los cinco miembros varones de la Corte se opusieron a la elección, sin argumentar razones atendibles. Este tipo de designaciones no forman parte de la potestad de la Corte, que como cuerpo colegiado debe aceptar la decisión personal de cada magistrado/a, que tiene derecho a nombrar el personal de su confianza. Por ello, la CONSAVIG recuerda que la Ley N° 26.485 de Protección Integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que se desarrollan sus relaciones interpersonales, explicita en su artículo 7° los Preceptos Rectores: “Los tres poderes del Estado, sean del ámbito nacional o provincial, adoptarán las medidas necesarias y ratificarán en cada una de sus actuaciones el respeto irrestricto del derecho constitucional a la igualdad entre mujeres y varones. Para el cumplimiento de los fines de la presente ley deberán garantizar los siguientes preceptos rectores: a) La eliminación de la discriminación y las desiguales relaciones de poder sobre las mujeres”. Es un deber de todos los organismos públicos ejecutar y aplicar los principios rectores de la normativa vigente, como herramienta fundamental para la equidad entre varones y mujeres. Los derechos de las mujeres, deben ser respetados en cada uno de los espacios de nuestra sociedad o de lo contrario deben ser sancionados y denunciados. Este accionar representa una discriminación de género y uno de los tantos mecanismos para limitar o acotar la presencia de mujeres en un ámbito como el judicial, perpetrando las desigualdades a través del abuso de poder. El sistema genera diversas resistencias enmascaradas de argumentaciones atendibles, al acceso de las mujeres a distintos ámbitos. Ninguna duda cabe de que los integrantes varones de la Corte Suprema de la Provincia de Salta han sometido a la Dra. Graciela Kauffman a un acto de VIOLENCIA INSTITUCIONAL en tanto son funcionarios de una institución pública que intentan impedirle a la magistrada que despliegue su derecho a desempeñarse como Ministra de la Corte en igualdad de condiciones a como vienen ejercitándola quienes le cuestionan lo que ellos han podido hacer: designar libremente a la persona de su confianza que oficiaría como secretario/a letrado/a. No es menor resaltar que la intranquilidad de la CONSAVIG se potencia por el hecho de que quienes quebrantan la Ley 26.485 son la instancia suprema del Poder Judicial que debe garantizar el cumplimiento de los derechos del pueblo de la Provincia de Salta. Dra. Perla Prigoshin Coordinadora Nacional

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